Tus preguntas

Podemos dar servicio tanto a particulares como a empresas situados en todo el territorio peninsular, quedando excluidas las Islas Canarias y Baleares. Ya seas propietario o estés de alquiler puedes cambiarte libremente.

El cambio de comercializador no produce, en ningún momento, la interrupción del suministro eléctrico, el distribuidor de la zona simplemente deja de enviar las facturas de “peajes” al comercializador saliente para enviarlas al entrante. Tampoco será necesario ningún cambio en la instalación eléctrica.

Puedes elegir tu propia comercializadora con la misma libertar que tienes para elegir tu compañía de teléfono o de adsl pero, a diferencia de estos la electricidad que recibes en casa, oficina, comercio o fábrica no varía en calidad ya que la red sigue perteneciendo a la distribuidora.

Debes ponerte en contacto con la distribuidora ya que el correcto suministro debe estar garantizado por ella, sin embargo, si lo prefieres, puedes contactar con nosotros y te ayudaremos con las gestiones necesarias para solucionarlo.

La distribuidora que es la propietaria y responsable de los contadores. Serán ellos los que tomarán las lecturas de forma mensual o bimensual.

No hacemos facturas estimadas, por lo que tu facturación podrá ser mensual o bimensual dependiendo del periodo de lectura de contadores por parte de la distribuidora. En cualquier caso, puedes enviarnos tu lectura para controlar el consumo y tener siempre una facturación mensual real.

Puedes contactar con nosotros siempre que tengas cualquier tipo de duda. Estamos a tu disposición para lo que necesites.

Si. Puedes solicitar un aumento o disminución mediante una sencilla hoja de solicitud. Debes saber que nosotros no te cobraremos nada por el cambio, pero la distribuidora sí lo hará a través nuestro, en la siguiente factura tras el cambio.

Si. Puedes realizar todos los cambios que necesites en cualquier momento.

Todo aquel interesado en formar parte de esta iniciativa.

Tal y como se deriva de la ley de cooperativas, la responsabilidad de los socios está limitada a su aportación a la sociedad. En caso de cierre o quiebra de la cooperativa los socios únicamente responderían con esa cantidad ante las deudas generadas por la sociedad.

No es necesario, tu decides si quieres ser socio y cliente o sólo cliente.

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    Helia Luz
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